Bajo la Ley de Sesión 1999-237 (Proyecto de Ley de la Cámara 168, Sección 17.16), los tribunales de North Carolina están autorizados a ordenar educación para padres en casos de custodia y visitación. Los jueces de North Carolina rutinariamente incluyen este requisito en casos que involucran menores de edad, especialmente en distritos de tribunales familiares establecidos.
La estructura única de North Carolina permite que cada distrito judicial implemente la educación de coparentalidad según sus reglas locales. Muchos condados de North Carolina requieren que los padres completen una clase antes de proceder con su caso. La Oficina Administrativa de los Tribunales de Carolina del Norte (NCAOC) administra programas de educación para padres en todo el estado, y nuestra clase en línea es aceptada por los tribunales de North Carolina cuando se ordena educación parental.
North Carolina opera bajo un sistema único donde la autorización estatal permite que los tribunales locales requieran educación para padres según sus propias reglas locales. Los distritos de tribunales familiares comúnmente ordenan estos programas como parte de los procedimientos de custodia.